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16 octubre, 2020

NO PODRAN POSTULAR AL CONGRESO

Mauricio Mulder, Jorge Del Castillo, Rosa Bartra, Hector Becerril, Juan Sheput ó Victor Andrés Belaunde, además de otros ex parlamentarios de provincias del congreso disuelto no pueden ser candidatos en las elecciones de abril venidero, así lo determino el Jurado Nacional de Elecciones. Tampoco podrán ser candidatos los congresistas del parlamento actual.


Fue el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que determinó, que los congresistas elegidos en el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 se encuentran impedidos de  postular en las Elecciones Generales 2021, en aplicación de la prohibición de reelección inmediata establecida por el artículo 90-A de la Constitución Política. 

La decisión ha sido ratificada por la Resolución N° 0352-2020-JNE, en la que el colegiado electoral precisa que las elecciones del 2020 no se trató de un proceso de elección de legisladores para un nuevo período constitucional, sino para completar el período 2016-2021 del Congreso disuelto en setiembre de 2019. 

La prohibición del art. 90-A de la Constitución es en virtud a la Ley de Reforma Constitucional que prohíbe la Relección Inmediata de Parlamentarios de la Republica, promulgada el 4 de octubre de octubre del 2018.

Artículo único. Incorporación del artículo 90-A en la Constitución Política del Perú

Incorpórase el artículo 90-A en la Constitución Política del Perú con el siguiente texto:

“Artículo 90-A.- Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”.


A

 

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